l fallo unánime de los ministros del STJ protege la libertad de circulación de los correntinos, pues consideran que los municipios no pueden usar la renovación del registro para forzar el pago de multas
El Superior Tribunal de Justicia de la provincia, mediante la Sentencia N° 315, declaró inadmisible un recurso presentado por la Municipalidad de Paso de los Libres.
Con esta decisión, se ratificó que el municipio no puede condicionar la renovación del carnet de conducir al pago previo de multas de tránsito.
El tribunal sostuvo que esta exigencia carece de sustento legal y vulnera derechos fundamentales.
Los ministros del STJ confirmaron los fallos de instancias anteriores, señalando que impedir la renovación por deudas
Principios vulnerados: se consideró que la exigencia atenta contra la legalidad, la razonabilidad y la libertad de circulación.
Fin recaudatorio: el tribunal advirtió que la medida municipal desnaturaliza la ley de tránsito para transformarla en un mecanismo recaudatorio.
El fallo contó con la unanimidad de los integrantes del Superior Tribunal. El doctor Luis Eduardo Rey Vázquez señaló en su voto que "nadie puede ser obligado a hacer lo que la ley no manda", citando el artículo 19 de la Constitución Nacional.
A su postura se adhirieron los doctores Alejandro Alberto Chaín, Eduardo Panseri, Fernando Augusto Niz y Guillermo Horacio Semhan.
Las dosis están disponibles en los vacunatorios de Capital y del interior. Desde el Ministerio de Salud Pública, se recuerda que la vacunación es la medida de prevención más efectiva. Se recomienda la importancia de la antigripal en menores de dos años y en adultos mayores.
2026-09-07 20:50:03
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